OPORTUNIDAD DE TRABAJAR POR MÉXICO

Coparmex como organización integrada de empresarios conscientes de su responsabilidad social, posee una declaración de principios solida para inspirar un quehacer empresarial con fuerza moral que puede promover un cambio nacional positivo; considerando  los PRINCIPIOS – CONVICCIONES, y los OBJETIVOS - COMPROMISOS y los PROBLEMAS – RETOS.

Es a través de sus comisiones de trabajo que se crean planes estratégicos para mejorar las condiciones sociales y económicas de México, de Baja California y de Ensenada. Atendiendo temas trascendentales comoseguridad, salud en el trabajo y protección civil, asuntos tributarios, asuntos legislativos, energía, seguridad social, cabildeo, educación, investigación y desarrollo tecnológico, desarrollo empresarial, capital humano, seguridad pública, sustentabilidad ambiental, vivienda.

La Ley de Transparencia a la Información Pública es un claro ejemplo de estas comisiones de trabajo, nació como iniciativa de ciudadana y se constituyo formalmente como ley el 01 de Octubre de 2010.

 Tiene como disposición que la ley sea de orden público e interés social y regula el derecho de acceso de cualquier persona a la información pública y la protección de los datos personales en posesión de cualquier autoridad del Estado de Baja California.

 La Ley tiene por objeto:

  • Fijar procedimientos para garantizar que toda persona pueda tener acceso a la información pública de los sujetos obligados señalados en esta Ley.
  • Transparentar la gestión pública mediante la difusión de la información.
  • Garantizar la protección de los datos personales en el poder de los sujetos obligados.
  • Garantizar una adecuada y oportuna rendición de cuentas de los sujetos obligados a la ciudadanía, a través de la generación y publicación de información sobre sus indicadores de gestión y el ejercicio de los recursos públicos, de forma completa, veraz y oportuna.
  • Promover la cultura de transparencia y acceso a la información publica
  • Los sujetos obligados de esta Ley son:
  • El poder Legislativo del Estado;
  • Las dependencias y entidades del Poder Ejecutivo, incluyendo los organismos descentralizados, empresas de participación estatal y los fideicomisos públicos estatales;
  • Los Ayuntamientos, incluyendo a los organismos descentralizados, empresas de participación municipal y los fideicomisos públicos municipales.
  •  Los órganos Constitucionales autónomos.
  • Las demás entidades públicas que reciban, administren o apliquen recursos públicos, también serán obligadas de esta Ley.
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